Licencia de conducir
Para dicho trámite se deberá traer la siguiente documentación:
º D.N.I. original y fotocopia (1º hoja, datos personales y ultimo domicilio) y Constancia de CUIT.
º Si sacas la licencia por primera vez, debes presentar grupo sanguíneo y factor, certificado por bioquímico (si es renovacion no es necesario)
º Si renovas tu carnet debes entregar el anterior.
º Si sos extranjero debes presentar el certificado de domicilio expedido por autoridad policial.
º Si tenes que tramitar licencias clase E, D1, C tenes que traer el examen psicológico.
º Si tenes que manejar transporte de pasajeros deberas traer el certificado de buena conducta (solicitarlo en comisaría local), Libreta de Sanidad y Certificado de Reincidencia.
Además debes tener en cuenta los siguientes requisitos:
- Edades mínimas y máximas de los solicitantes
– Para las clases A21, B1, B2, G1, G2 y F: ser mayor de 18 años.
– Para las clases A22 y A3: ser mayor de 21 años o menor de 21 años en tanto acredite 2 años de antigüedad en clase A21.
– Para las clases C, E1 y E2: ser mayor de 21 años y para la primera vez, poseer 1 año de antigüedad en clase inferior (Licencias de moto, no acreditan antigüedad).
– Para la clase D1: ser mayor de 21 años y para la primera vez, poseer 1 año de antigüedad en clase inferior. - Solicitar turno en la oficina comunal, centro de habilitación de conductores comunales.
- Realizar el curso de formación vial que se dicta en el Núcleo de Acceso al Conocimiento (NAC).
- Sacar el día del turno el Libre Deuda en la administración de la Comuna de Montes de Oca.
- Aprobar el examen psicofísico que incluye examen de visión y auditivo, y de distintos aspectos psicométricos y sensométricos.
- Aprobar un examen teórico electrónico, a través de una PC suministrada por el Centro de Habilitación de Conductores, mediante la modalidad de examen de múltiple opción. Para aprobar el examen teórico se deberá responder en forma correcta el 90 % de las preguntas.
- Aprobar el examen práctico de idoneidad conductiva el cual consiste en una prueba de conducción donde se evaluará las aptitudes para el estacionamiento, circulación, respecto a la señalización vial y desempeño general en situaciones reales de tránsito. Este examen deberá ser rendido con la categoría de vehículo correspondiente a la clase de licencia que solicita. El rodado deberá poseer la documentación exigible para circular, según la normativa vigente, es decir tarjeta verde, poliza de seguro y ultima patente paga.
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A saber:
Clases de Licencias:
Clase A.1: Ciclomotores para menores entre DIECISÉIS (16) y DIECIOCHO (18) años.
Clase A.2: A los fines de este inciso, se entiende por moto de menor potencia la comprendida entre CINCUENTA y CIENTO CINCUENTA centímetros cúbicos de cilindrada (50 y 150 cc).
A.2.1: Motocicletas (incluidos ciclomotores, triciclos y cuatriciclos) de hasta CIENTO CINCUENTA CENTÍMETROS CÚBICOS (150 cc) de cilindrada. Se debe acreditar habilitación previa de DOS (2) años para ciclomotor.
A.2.2: Motocicletas (incluidos ciclomotores, triciclos y cuatriciclos) de más de CIENTO CINCUENTA CENTÍMETROS CÚBICOS (150 cc) y hasta TRESCIENTOS CENTÍMETROS CÚBICOS (300 cc) de cilindrada. Previamente se debe haber tenido habilitación por DOS (2) años para una motocicleta de menor potencia, que no sea ciclomotor.
Clase A.3: Motocicletas (incluidos ciclomotores, triciclos y cuatriciclos) dé más de TRESCIENTOS CENTÍMETROS CÚBICOS (300 cc) de cilindrada. Previamente se debe haber tenido habilitación por DOS (2) años para una motocicleta de menor potencia.
Clase B.1: Automóviles, utilitarios, camionetas y casas rodantes motorizadas hasta TRES MIL QUINIENTOS KILOGRAMOS (3.500 kg.) de peso total.
Clase B.2: Automóviles y camionetas hasta TRES MIL QUINIENTOS KILOGRAMOS (3.500 kg.) de peso con un acoplado de hasta SETECIENTOS CINCUENTA KILOGRAMOS (750 kg.) o casa rodante no motorizada.
Clase C: Camiones sin acoplado ni semiacoplado y casas rodantes motorizadas de más de TRES MIL QUINIENTOS KILOGRAMOS (3.500 kg.) de peso y los automotores comprendidos en la clase B 1.
Clase D.1. Automotores del servicio de transporte de pasajeros de hasta OCHO (8) plazas y los comprendidos en la clase B.1.
Clase D.3: Servicios de urgencia, emergencia y similares.
Clase E.1: Camiones Articulados y/o con acoplado y los vehículos comprendidos en las clases B y C;
Clase E.2: Maquinaria especial no agrícola. La Dirección de Vialidad desarrollará el programa teórico-practico para la evolución de los aspirantes y asistirá a los municipios que no posean capacidad operativa para dicha evaluación.
Clase E.3: Vehículos afectados al transporte de cargas peligrosas;
Clase F: Automotores incluidos en las clases A1, A2, B y D1 (solo taxis y remis) con la descripción de la adaptación que corresponda a la discapacidad de su titular. Los conductores que aspiren a obtener esta licencia, deberán concurrir con el vehículo que posea las adaptaciones y/o equipamiento especial necesario y compatible con su discapacidad. En caso de las persona daltónicas, con visión monocular o sordas y demás discapacidades físicas se regirá por el presente título.
El vehículo habilitado para conducir por el solicitante será consignado en el campo de OBSERVACIONES de la Licencia
Clase G.1: Tractores agrícolas.
Clase G.2: maquinaria especial agrícola.
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