Vendedores Ambulantes
Se recuerda a toda la localidad que se encuentra vigente la ordenanza N° 1586 en virtud de la cual en nuestro pueblo la venta ambulante de todo tipo de productos, mercaderia, mercancias y objetos provenientes de vendedores ambulantes ajenos a la localidad están prohibidos, salvo las excepciones reconocidas en el texto de la misma ordenanza. En caso de notar la presencia de vendedores ambulantes que vendan puerta a puerta o a viva voz cada habitante de la localidad puede informar inmediatamente a la administración comunal o bien directamente comunicarse con los inspectores de tránsito, quienes se encargarán de resolver dicha situación.